IU de Férez

IU de Férez

Izquierda Unida de Férez

Bienvenidos/as al blog de Izquierda Unida de Férez

Este blog tiene entre sus principales objetivos:

1. Difundir información sobre la organización política de Izquierda Unida y sus actuaciones o convocatorias: Noticias, propuestas, boletines, asambleas, etc.

2. Informar sobre los acontecimientos políticos y sociales en Férez (Sierra del Segura, Albacete)

3. Luchar por una democracia participativa y unos presupuestos participados en Férez.

4. Fomentar el Empleo en el municipio y luchar por un empleo "digno".

5. Denunciar públicamente injusticias en cualquiera de sus manifestaciones

6. Fomentar la participación ciudadana en la vida política local

Si quieres, puedes participar dejando tus comentarios en las entradas o enviándonos un email para que publiquemos tu noticia a izquierdaunidaferez@gmail.com

Con Izquierda Unida es posible.
¡Únete a la Izquierda!


Agrupación Local de IU en Férez

Agrupación Local de IU en Férez
Antonio Moreno, Juan Antonio Ruiz, Javier Morcillo y María Carmen López

domingo, 26 de octubre de 2008

RD 307/2005 por el que se regulan las subvenciones en atención a necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica

Aqui dejamos un enlace al texto completo del Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.

Este es el Real Decreto que regula las ayudas a las que podrán acceder los siguientes beneficiarios:

Artículo 5. Beneficiarios.

1. Redacción según Real Decreto 477/2007, de 13 de abril. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, en los términos y requisitos establecidos en este Real Decreto los siguientes:

  1. Las unidades familiares o de convivencia económica que sufran daños personales o materiales, ponderándose, a estos efectos, la cuantía de la ayuda en proporción a los recursos económicos de que dispongan para hacer frente a una situación de emergencia o catástrofe.

  2. Las Corporaciones Locales que, asimismo, acrediten escasez de recursos para hacer frente a los gastos derivados de actuaciones ante situaciones de grave riesgo o naturaleza castastrófica.

  3. Las personas físicas o jurídicas que, requeridas por la autoridad competente, hayan llevado a cabo prestación personal o de bienes, a causa de una situación de emergencia.

  4. Las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos mercantiles, industriales o de servicios, con menos de cincuenta empleados, cuyos locales de negocio o bienes afectos a esa actividad hubieran sido dañado directamente por los hechos derivados de la situación de emergencia o de naturaleza catastrófica.

  5. Las Comunidades de Propietarios en régimen de propiedad horizontal que hayan sufrido daños en elementos comunes de uso general que afecten tanto a la seguridad como a la funcionalidad del inmueble, derivados de la situación de emergencia o de naturaleza catastrófica.

2. En atención a la especial naturaleza de las ayudas previstas en este Real Decreto, se eximirá a sus beneficiarios del cumplimiento de los requisitos regulados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


Sólo tenéis que pinchar en enlace que hay debajo de estas líneas y entraréis en el texto completo de este Real Decreto:


http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd307-2005.html

También dejamos un esquema con el índice de contenidos más relevantes, procedimiento de concesión de las ayudas, tipos y modalidades de las ayudas.
Pinchando en cada artículo accederéis directamente a la parte del texto que seleccionéis:
Saludos Republicanos
izquierdaunidaferez@gmail.com
PD: En breve publicaremos un resumen del texto completo

No hay comentarios:

PEPE

PEPE

POSE

POSE

Datos de Férez 2006